El 15 de octubre de 1872, bajo el gobierno del Presidente Antonio Guzmán Blanco se crea la “Gaceta Oficial” mediante Gaceta Oficial N° 1, la cual es designada como el órgano encargado de publicar todos los documentos expedidos por los Poderes Públicos Nacionales, adquiriendo los documentos jurídicos que aparecieran publicados en ella el carácter de autenticidad y vigor.

​ Posteriormente el 31 de mayo de 1928, durante el gobierno de Juan Vicente Gómez, se crea la Ley de Imprenta Nacional y Gaceta Oficial mediante Gaceta N° 16.520, en la cual se establece que el Gobierno de la República tendrá para su servicio una imprenta que se denominará “Imprenta Nacional”. Así mismo se establece que la Gaceta Oficial continuará editándose en la Imprenta Nacional y todo lo publicado en ella tendrá carácter de autenticidad y de obligatorio cumplimiento por todos los venezolanos. Para este momento a la misma se le dio la denominación de “Gaceta Oficial de los Estados Unidos de Venezuela”, nombre que llevará hasta el 16 de abril de 1953 cuando en Gaceta N° 24.113 se cambia el encabezado de la Gaceta Oficial, al de “Gaceta Oficial de la República de Venezuela”. Para posteriormente cambiar de nuevo su encabezado el 03 de enero de 2000 al de “Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela” nombre que conserva hasta la actualidad.

​ La función que se le asigna a la Gaceta Oficial en 1872 se conserva actualmente, puesto que la institución continúa siendo el único órgano facultado para imprimir, publicar y difundir las decisiones jurídico-políticas emanadas de los entes oficiales de la Administración Central del Estado venezolano, tal como lo dispone el artículo 215 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. El cual ordena a la Imprenta Nacional y Gaceta Oficial, la publicación de las leyes para su promulgación y debido cumplimiento estableciendo de manera expresa que: “La Ley quedará promulgada al publicarse con el correspondiente «Cúmplase» en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela”.

​ El 28 de agosto de 1985 bajo la Presidencia de Jaime Lusinchi, se establece en la Gaceta Oficial N° 33.295, que la Imprenta Nacional y Gaceta Oficial es un Servicio Autónomo sin Personalidad Jurídica, con rango de Dirección General Sectorial, dependiente jerárquicamente de la Oficina Central de Información de la Presidencia de la República, según consta en el Decreto N° 789, en el cual se le asigna al “Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial” una serie de atribuciones y responsabilidades que le permitirán el cumplimiento de sus funciones y objetivos, no sólo como el órgano encargado de editar la Gaceta Oficial, sino que le otorga el beneficio de editar publicaciones oficiales, así como la impresión, registro, venta y distribución de obras de autores venezolanos, entre otras publicaciones.

​ Posteriormente en el año 2002, se publica en Gaceta Oficial N° 37.509, el Decreto N° 1.928 de fecha 19 de agosto de ese mismo año, emanado del Presidente de la República, Comandante Hugo Chávez Frías, quien dicta la Reforma del Decreto sobre Organización de Administración Pública Central; quedando establecido en las disposiciones transitorias de dicho decreto, el traslado de los bienes y el personal del Servicio Autónomo Imprenta Nacional al Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información, actual ente rector.






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